La policía es una fuerza de seguridad encargada de mantener el orden público y la seguridad de los ciudadanos mediante el monopolio de la fuerza, y que se encuentra sometida a las órdenes del Estado.
La mayoría de las fuerzas policiales son organizaciones casi militares, cuya principal obligación es disuadir e investigar crímenes en contra de las personas o que afecten el orden público, así como el arresto de sospechosos, e informe a las autoridades competentes. También es responsable de reportar ofensas menores por medio de citaciones que suelen terminar en el pago de una fianza, usualmente por violaciones a las leyes de tránsito vehicular. Su administración puede ser centralizada a nivel nacional, o descentralizada, con fuerzas de policía local autónomas en gran medida.
Según otros enfoques —de difusión en algunos medios intelectuales, universitarios y políticos— la función de la policía es diferente. Por ejemplo, para el marxismo la policía es parte del aparato represivo del Estado, el cual funciona mediante la violencia, ya sea física o no, y es un instrumento de la clase burguesa dominante mediante la cual esta se asegura su poder; o el discurso foucaultiano, que sostiene que la policía y el sistema penal son instituciones de poder que no se proponen eliminar el crimen sino controlarlo dentro de ciertos límites y hacer uso de él según sus propios intereses.
La policía puede tener un carácter preventivo como es el caso de las policías de ciudad o las policías de proximidad que pueden ser investigadoras, como las que auxilian al fiscal o al Ministerio Público en la persecución de los delitos; o bien, pueden estar dirigidas a garantizar el debido cumplimiento de normatividades, como la policía fiscal.
También suele tener un servicio de emergencia que provee seguridad en la vía pública, así como en emergencias, desastres y situaciones de búsqueda y rescate. Para poder responder rápidamente a las emergencias, la policía normalmente coordina sus operaciones con los servicios de bomberos y emergencias médicas.
En muchos países todos ellos utilizan número telefónico único de emergencias que permite a la policía, bomberos o servicios médicos actuar en caso de emergencia.
Se llama también policía a cada agente perteneciente a dicha organización. Los reclutas suelen recibir formación especializada y deben presentarse a una oposición.
Existen múltiples acepciones de policía:
El fin de la policía: El mantenimiento del orden público interno es competencia de la policía. Dicho orden resulta de la prevención y la eliminación de aquello que pueda perturbar la tranquilidad, la seguridad, la salubridad, el urbanismo, la moral pública y algunos aspectos económicos ligados al orden público.
La policía como poder: El poder de policía puede definirse como la facultad del Estado para limitar los derechos y las libertades individuales, en beneficio de la comunidad.
La policía como función: La función de policía es la actividad que ejercen los funcionarios llamados normalmente de policía, con el fin garantizar el desarrollo de las actividades dentro del orden, preservando la armonía social.
Es la potestad del Estado para el ordenamiento de las actividades individuales, con el fin de garantizar los elementos sociales necesarios al desarrollo y el bienestar de la actividad humana.
La policía como norma: La función de policía es regulada por la ley. Las normas de policía son dictadas para hacer efectivos los derechos y libertades y nunca para vulnerarlos o negarlos.
La policía como oficio: El ejercicio de la actividad policial se trata de un oficio permanente para la que sus miembros deben prepararse adecuadamente.
La doctrina policial es el conjunto de ideas u opiniones, preceptos éticos, legales y conceptos aceptados oficialmente y en los cuales se fundamenta la labor policial, integrando principios sobre su función institucional, los fundamentos filosóficos y legales del Derecho policial vinculado a la defensa de los derechos humanos, la ley, el orden y la seguridad.
De esta forma, la doctrina precede y sustenta los conocimientos y conceptos teórico-prácticos sobre la Seguridad ciudadana, los órdenes interno y público.
Existen numerosas doctrinas en relación con el derecho de policía que se sustenta del Derecho Constitucional y del Derecho Administrativo. Del primero deriva los conceptos de derechos y libertades, del segundo la noción de servicio público.
La función primordial del Derecho de policía es la defensa y regulación de los DERECHOS HUMANOS y las libertades individuales, en el ámbito preventivo de la función del Estado, para asegurar así el orden público interno.
La mayoría de las fuerzas policiales están divididas en subgrupos que tienen el particular trabajo de investigar diferentes tipos de crímenes.
En muchos países occidentales, quizás la mayor diferencia se da entre el agente "uniformado" y los detectives o agentes investigadores.
Los Uniformados, como su nombre lo dice, portan un uniforme y sus trabajos se ven envueltos en operaciones de patrullaje, control de tránsito y otras actividades para prevenir y en respuesta al crimen.
Los detectives o agentes investigadores, por el contrario, usan 'trajes' o ropa casual que le da una apariencia más profesional en la investigación de crímenes.
En muchos casos, los agentes son asignados como agentes encubiertos, para que no se los reconozca como tales, en ocasiones por largos periodos para investigar crímenes, en especial el crimen organizado o narcotráfico. Este tipo de acción policial es conocida como espionaje o técnicas de inteligencia.
Existen grupos especializados para diferentes tipos de crímenes (por ejemplo, narcotráfico, tráfico de armas ilegales, asesinatos, fraudes, etc.) o personas con habilidades especiales (por ejemplo, buceo, manejo de helicópteros, manejo de explosivos, manejo de ordenadores, etc.).
Muchas jurisdicciones de gran tamaño poseen personas especialmente entrenadas con armas pequeñas y largas, preparadas para matar en situaciones de violencia, y usualmente están equipadas con armamento no mortal como gas lacrimógeno gases lacrimógenos, bombas de humo y balas de goma.
En los Estados Unidos, existe el SWAT (Armas y Tácticas Especiales).
Por último, en los sistemas occidentales se han implementado departamentos, negociados, oficinas o superintentencias llamados investigaciones administrativas o asuntos internos que tienen la tarea de investigar a los oficiales y agentes de la fuerza. Usualmente no portan armas y su trabajo consiste en la lucha contra el soborno, la corrupción y el abuso de autoridad por parte de los policías.
La investigación penal de las Corporaciones Policiales se encuentran sustentadas en México, en los siguientes preceptos:
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Ley Nacional de Ejecución Penal.
• Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes.
• Ley General de Víctimas.
• Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
• Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
• Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
• Código de Conducta para los Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley (adoptado por las Naciones Unidas, el 17 de diciembre de 1979)
• Código Nacional de Procedimientos Penales.
• Código Federal Penal y los Códigos Penales de los Estados.
• Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
• Acuerdos de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.
La pirámide de la investigación criminal se compone de 5 elementos.
• Corroboración de la denuncia.
• Gestión para la investigación.
• Investigación integrada.
(Se hace asistir de personal especializado)
• Investigación compleja.
(Son supervisados por los jueces)
• Investigación especializada.
(Cuando es una investigación de una área especializada)
Dibujo de Ejecución en la investigación:
Delito.
(Describir el tipo penal como está redactado en la Ley).
Personas de interés:
• Detenidos.
• Víctimas.
• Testigos.
• Denunciantes.
Hechos:
• Narrativa de los hechos que se investigan.
• Aspectos fácticos de cada caso concreto.
Objetos:
• Asegurados.
• Hallados.
• Aportados.
• Objetos del delito que motivaron la detención.
• Objetos que tengan relación con el delito.
Actividad a realizar:
• Los actos de investigación que se requieren para reunir los indicios de conformidad con el tipo penal.
Construcción de la Línea de Investigación, primer respondiente:
• Tipo de delito o hechos que suceden o sucedieron en el lugar.
• Valoración del lugar donde suceden los hechos.
• Riesgos inmediatos para víctimas o vecinos del lugar que transiten en ese momento.
• Dar de conocimiento al Ministerio Público para el inicio de la investigación.
• Tipo de indicios.
• Preservación del lugar.
• Levantamiento de pruebas.
• Cadena de Custodia.
Construcción de la Línea de Investigación:
• Panorama General.
• Descarte Lógico.
• Máximas de la experiencia (sentido común)
• Probabilidad de cometer el delito por características.
• Definición de un autor o sospechoso.
• Motivos para cometer el delito.
• Hipótesis del caso.
Actos de Investigación sin control judicial:
• Solicitud de información o Productos de Inteligencia.
• Consulta en base de datos interna y red criminal.
• Redes Técnicas.
• Localización geográfica en tiempo real.
• Solicitud de información a instituciones públicas o privadas.
• Búsqueda en fuentes abiertas.
• Inspección de personas y vehículos.
• Inspección de lugares.
• Inspección de objetos.
• Revisión corporal.
• Levantamiento e identificación de cadáveres.
• Entrevista policial.
• Aportación de comunicación entre particulares.
En caso de urgencia:
• Red de negociación.
• Mapeo de eventos.
• Redes técnicas.
• Mapas.
• Red de cruces.
• Red técnica IMEI.
• Cruce IMEI.
• Identificación telefónica IMEI.
• Curricula de detenidos.
• Presentación de prensa.
• Boletines.
• Red de vínculo.
• Placas de autos.
• Datos de vehículos involucrados.
• Plataformas electrónicas de comunicación o redes sociales.
Actos de Investigación con control judicial:
• Intervención de comunicaciones privadas y correspondencia.
• Exhumación de cadáveres.
• Cateo.
Como EXPERTO EN INVESTIGACIÓN CRIMINAL, sobretodo en perfilación, esta es la parte favorita de un servidor.
METODOLOGÍA DEL PERFIL.
Para la elaboración de un perfil criminal, es necesario el análisis y evaluación de estas
fuentes:
• Escena del crimen.
• Perfil geográfico.
• Modus operandi.
• Firma del asesino.
• Victimología.
Perfilación Geográfico Criminal.
Canter.
El FBI utiliza constantemente el Perfil Geográfico de Canter, para determinar la zona de confort de los asesinos seriales.
Rossmo
Cuando alguien quiere presumir de Investigación Criminal, lo invito a despejar la fórmula del "Perfil Geográfico de Rossmo" y el "modus ponendo ponens", algo que ningún criminólogo e investigador mexicano te resuelve, sólo aquellos que nos hemos capacitado en EUROPA.
MODUS PONENDO PONEMS
El modus ponendo ponens (latín: "el modo que, al afirmar, afirma, también llamado modus ponens, eliminación de la implicación, regla de separación, afirmación del antecedente, generalmente abreviado MP) es una forma de argumento válido (razonamiento deductivo) y una de las reglas de inferencia en lógica proposicional. Se puede resumir como "si P implica Q; y si P es verdad; entonces Q también es verdad. La historia del modus ponendo ponens se remonta a la antigüedad.
El modus ponendo ponens puede establecerse formalmente como:
donde la regla es cuando "P → Q" y "P" aparezcan por sí mismos en una misma línea de una prueba lógica, Q puede ser escrito válidamente en una línea subsiguiente. Nótese que la premisa de P y la implicación se "disuelven", siendo su único rastro el símbolo Q que se mantiene para su uso posterior, por ejemplo, en una deducción más compleja.
Un ejemplo de modus ponendo ponens es:
- Si está lloviendo, te espero dentro del teatro.
- Está lloviendo. Por lo tanto, te espero dentro del teatro.
Si bien el modus ponendo ponens es uno de los conceptos más utilizados en la lógica, no debe confundirse con una ley lógica. Más bien, es uno de los mecanismos aceptados para la construcción de pruebas deductivas que incluye la "regla de definición" y la "regla de sustitución". Modus ponendo ponens permite eliminar una sentencia condicional de una prueba lógica o argumento (los antecedentes) y por lo tanto no llevar estos antecedentes adelante en una cadena alargada y constante de símbolos. Por esta razón, el modus ponendo ponens a veces se denomina regla de la separación. Enderton, por ejemplo, observó que "el modus ponendo ponens puede producir fórmulas más cortas de las más largas", y Russell señaló que "el proceso de la inferencia no puede reducirse a los símbolos. Su único registro es la ocurrencia de ⊦ Q [el consecuente]...una inferencia modus ponendo ponens no es tanto el lanzamiento de una premisa verdadera, sino que es la disolución de una implicación".
El modus ponendo ponens está estrechamente relacionado con otra forma de argumento valida, el modus tollendo tollens. Ambos están relacionados con dos formas no válidas de argumento o falacias: afirmación del consecuente y negación del antecedente. Adicionalmente, el dilema constructivo es la versión disyuntiva del modus ponendo ponens. El silogismo hipotético está estrechamente relacionado con el modus ponendo ponens y a veces se lo considera como el "ponens modus doble."
NOTA.
JUAN FRANCISCO MARTÍNEZ ORTIZ*, CRUZ DE MÉRITO Y MEDALLA CONMEMORATIVA DE LA CRUZ DE DISTINCIÓN DE LA DIADEMA REAL DE MARINA; DOCTOR OF COMMUNITY DEVELOPMENT, HONORIS CAUSA; DOCTOR EN HUMANITARISMO, HONORIS CAUSA; CERTIFICADO DE CALIDAD PROFESIONAL EN INTERMEDIACIÓ PÚBLICA.
*EXPERTO EN INVESTIGACIÓN CRIMINAL; NATIONAL OFFICER CERTIFICATION, ANTI-TERRORIST EXPERT; GLOBAL GOVERNANCE DIPLOMA
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