SISTEMA GLOBAL DE EVOLUCIÓN LEGISLATIVA Y APLICACIÓN TECNOLÓGICA.
1. SE OBSERVARÁ CADA ASUNTO RELEVANTE SOBRE EL USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU APLICACIÓN EN BENEFICIO DE LA HUMANIDAD EN LOS TEMAS NACIONALES, SUBNACIONALES Y SE REALIZARÁN LOS "LLAMAMIENTOS" A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES, PARA BRINDAR UN ANÁLISIS EXPERTO DE DISTINTOS ASUNTOS Y AYUDAR A GENERAR CONCIENCIA PÚBLICA.
2. ANALIZAR Y ORIENTAR LAS LEGISLACIONES NACIONALES Y SUBNACIONALES PARA EL APROVECHAMIENTO DEL POTENCIAL DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y SU ALIENACIÓN CON AGENDAS GLOBALES.
4. COADYUVAR CON LOS GOBIERNOS NACIONALES, SUBNACIONALES Y LOCALES EN EL CONTROL E IMPLEMENTACIÓN DE ACUERDOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS Y LA APLICACIÓN, APROVECHAMIENTO Y POTENCIAL DE LA TECNOLOGÍA.
5. COADYUVAR CON LOS GOBIERNOS NACIONALES, SUBNACIONALES Y LOCALES EN LA IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMÁTICAS SOCIALES Y ORIENTAR SU SOLUCIÓN A TRAVÉS DEL USO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS CON ALIANZAS O ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS.
EL SISTEMA GLOBAL DE EVOLUCIÓN LEGISLATIVA Y APLICACIÓN TECNOLÓGICA ES Y SERÁ EL GÉNESIS DEL ESPÍRITU DE LAS LEYES, QUE PERMITIRÁN EL MEJOR APROVECHAMIENTO DEL POTENCIAL TECNOLÓGICO EN EL CONTEXTO MUNDIAL.
Los Derechos digitales son la extensión de los Derechos humanos redactados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Bajo este concepto, podemos hablar de los Derechos digitales como aquellos Derechos humanos aplicados en la era digital como es la privacidad, la libertad de expresión, acceso al internet etc. El concepto de «derechos digitales», engloba los derechos de los ciudadanos en el entorno digital, ya sean derechos fundamentales o derechos ordinarios. Esta categoría es especialmente relevante porque la transformación digital debe tener como principio estructural maximizar la calidad de la democracia y los derechos. El Derecho tiene que garantizar que estos derechos pueden ejercerse y están asegurados en el entorno digital con la misma eficacia que fuera de él, lo que plantea el problema de cómo protegerlos adecuadamente dadas las especiales características del mundo digital.
Entre estos podemos encontrar los denominados "CIBERDERECHOS":
• Derecho a la libre expresión
• Derecho a la privacidad en línea (privacy online)
• Derecho al acceso al ciberespacio (acceso al internet) independientemente de los niveles de ingreso, la ubicación geográfica o las discapacidades de los usuarios.
• Derecho a asociarse en comunidades en línea (conocidas también como comunidades virtuales).
• Derecho a tener cobertura global.
• Derecho a la comunicación.
• Derecho a la privacidad.
• Derecho a producir contenidos sin sufrir intimidaciones.
• Derecho a recibir información veraz y documentada.
• Las personas somos los administradores de la Red y no sus propietarios.
• La administración de la red debe ser abierta e inclusiva.
• Protección frente a los abusos de las neurotecnologías y de la IA.
• La Red debe reflejar la diversidad humana, y no homogenizarla.