CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LAS NACIONES UNIDAS
Consejo Económico y Social (ECOSOC)
El Consejo Económico y Social (ECOSOC) es el órgano que coordina la labor económica y social de las Naciones Unidas y de las instituciones y organismos especializados que conforman el sistema de las Naciones Unidas. Está formado por 54 miembros elegidos por la Asamblea General, con mandatos de tres años. Cada miembro tiene un voto y las decisiones dentro de este órgano se toman por mayoría simple.
Funciones y poderes
El Consejo Económico y Social tiene las siguientes prerrogativas:
- Servir de foro central para el examen de los problemas económicos y sociales y la elaboración de recomendaciones de política dirigidas a los Estados Miembros y al Sistema de las Naciones Unidas
- Realizar o iniciar estudios, informes y recomendaciones sobre cuestiones de índole económica, social, cultural educacional, de salud y otros asuntos conexos
- Fomentar el respeto y la observancia a los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos
- Convocar conferencias internacionales y preparar proyectos de convención para someterlos a la consideración de la Asamblea General
- Coordinar las actividades de los organismos especializados, mediante consultas y recomendaciones directas, o haciéndole recomendaciones a la Asamblea y a los Estados Miembros
- Celebrar consultas con las organizaciones no gubernamentales que se ocupan de asuntos que competen al Consejo
Períodos de sesiones
El Consejo Económico y Social celebra anualmente un período de sesiones sustantivo de cinco semanas de duración, alternando entre Nueva York y Ginebra. En cada período de sesiones se incluye un segmento especial de alto nivel al que asisten ministros y otros altos funcionarios para examinar cuestiones económicas y sociales importantes. La labor permanente del Consejo se realiza en sus órganos subsidiarios.
Organos Subsidiarios
Estos llevan a cabo la labor permanente del ECOSOC y son una serie de comisiones y comités que se reúnen a intervalos regulares y presentan sus informes al Consejo. Dicho mecanismo subsidiario está formado por:
Nueve comisiones orgánicas: examinan cuestiones en sus respectivas esferas de responsabilidad y conocimientos y hacen recomendaciones:
- Comisión de Estadística
- Comisión de Población y Desarrollo
- Comisión de Desarrollo Social
- Comisión de Derechos Humanos
- Comisión de la Condición Social y Jurídica de la Mujer
- Comisión de Estupefacientes
- Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal
- Comisión de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo
- Comisión sobre el Desarrollo Sostenible
Cinco comisiones regionales: se agrupan mediante criterios propios de las Naciones Unidas y su mandato principal es el de promover medidas que fomenten el desarrollo económico regional y fortalezcan las relaciones económicas de los países de la región entre sí y con el resto del mundo.
- Comisión Económica para Africa (sede en Addis Abeba, Etiopía)
- Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico (sede en Bangkok, Tailandia)
- Comisión Económica para Europa (sede en Ginebra, Suiza)
- Comisión Económica para América Latina y el Caribe (sede en Santiago, Chile)
- Comisión Económica y Social para Asia Oriental (sede en Beirut, Líbano)
Cinco comités permanentes:
- Comité del Programa y de la Coordinación
- Comisión de Asentamientos Humanos
- Comité Encargado de las Organizaciones no Gubernamentales
- Comité Encargado de las negociaciones con las organizaciones intergubernamentales
Organismos permanentes de expertos: que tratan temas tales como la planificación del desarrollo, los recursos naturales y los derechos económicos, sociales y culturales
El ECOSOC colabora y hasta cierto punto coordina las actividades de programa de las Naciones Unidas (como el PNUD, el PNUMA, el UNICEF y el UNFPA), y los organismos especializados (tales como la FAO, la OMS, la OIT y la UNESCO), que informan al consejo y formulan recomendaciones para sus períodos de sesiones sustantivos.
El ECOSOC y las organizaciones no gubernamentales
El Consejo Económico y Social y el Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas son las entidades facultadas para celebrar consultas con las organizaciones no gubernamentales (ONGs) que se interesan en los asuntos que competen a la ONU y que cuentan con la experiencia o conocimientos técnicos especiales útiles para su labor. La relación con las ONGs se ha estrechado a lo largo del tiempo y se les considera cada vez más como asociadas con quienes consultar cuestiones de políticas y programas, así como vínculos valiosos con la sociedad civil.
Hay más de 2,719 ONGs reconocidas como entidades consultivas del Consejo, las cuales están clasificadas en tres categorías:
- Organizaciones que se interesan en la mayor parte de las actividades del Consejo
- Organizaciones con competencia especial en áreas específicas
- Organizaciones que ocasionalmente pueden efectuar aportes a la labor del Consejo
- Las comisiones y otros órganos subsidiarios del ECOSOC pueden consultar con una ONG en general y estatus especial; y dichas consultas pueden concertarse en la solicitud de la ONG;
- Una comisión del ECOSOC puede recomendar que una ONG con especial competencia en un campo particular pueda emprender estudios o investigaciones, o preparar documentos para la comisión;
- Las ONGs deberán poder consultar a los funcionarios de las oficinas correspondientes de la Secretaría sobre asuntos de interés o preocupación mutuos. Dicha consulta será a solicitud de la ONG o del Secretario General;
- El Secretario General puede solicitar a las organizaciones reconocidas como entidades consultivas para realizar estudios o preparar trabajos.
- Alojamiento para conferencias o reuniones más pequeñas relacionadas con el trabajo de ECOSOC, según esté disponible y bajo las condiciones establecidas en cada Oficina de la ONU;
- Disposición adecuada de los asientos e instalaciones para obtener documentos durante reuniones públicas de la Asamblea General que tratan asuntos de los campos económicos y sociales y afines;
- Organización de discusiones informales sobre asuntos de especial interés para grupos u organizaciones;
- Acceso a los servicios de documentación de prensa de las Naciones Unidas;
- Distribución rápida y eficiente de documentos relacionados con ECOSOC y su órganos subsidiarios que el Secretario General considere apropiado;
- Uso de bibliotecas de las Naciones Unidas.
GUIA PARA LAS ONG's SOBRE EL CARACTER CONSULTIVO
FUENTE: CENTRO DE INFORMACIÓN DE LA ONU
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