LLAMAMIENTO A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL PARA LA CREACIÓN DE ZONAS FRONTERIZAS DE NEUTRALIDAD Y DESIGNACIÓN DE PAÍSES ESTRATÉGICOS NEUTRALES.
JFMO SERVICIOS EN INTERMEDIACIÓN PÚBLICA, ORGANIZACIÓN CONSULTIVA ESPECIAL DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LAS NACIONES UNIDAS, HACEMOS EL SIGUIENTE:
LLAMAMIENTO PARA LA CREACIÓN DE ZONAS FRONTERIZAS DE NEUTRALIDAD Y DESIGNACIÓN DE PAÍSES ESTRATÉGICOS NEUTRALES.
ANTECEDENTE.
ANTE LOS ACONTECIMIENTOS SUSCITADOS EN LA GUERRA ENTRE RUSIA Y UCRANIA, NOS PERMITIMOS REALIZAR EL SIGUIENTE LLAMAMIENTO Y PROPUESTA PARA ALCANZAR UNA PAZ GLOBAL Y DAR CUMPLIMIENTO A LOS PROPÓSITOS ESTABLECIDOS EN LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS, QUE SON LA PAZ Y LA SEGURIDAD INTERNACIONAL.
DEBEMOS RECORDAR LOS PRINCIPIOS ESTABLECIDOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO, BAJO EL CONCEPTO Y EN LA CALIDAD DE SUJETOS DE DERECHO:
Neutralidad
(Derecho Internacional Público) Io Neutralidad ocasional: situación de los Estados no beligerantes durante determinada guerra (ej., Irlanda durante la Segunda Guerra Mundial).
Neutralidad permanente: estatuto de los Estados que se han comprometido por tratado a no iniciar jamás una guerra ofensiva (ej., Suiza(1815), Austria (1955)).
Hay que distinguir los Estados permanentemente neutrales, o neutralizados -tales como Suiza (1815) o Austria (1955)- de los Estados neutrales sólo en relación con una guerra especial (neutralidad voluntaria, ocasional o temporal). Un Estado permanentemente neutral es aquel cuya independencia e integridad están garantizadas por otros Estados, generalmente las grandes potencias, con la condición de que dicho Estado se obligue a no participar jamás en ningún conflicto armado u operación militar, excepto como legítima defensa individual contra un ataque. A tal Estado le está prohibido contraer cualquier obligación internacional que pudiera comprometerlo en conflicto u operaciones (por ejemplo, un tratado de alianza). Durante una guerra, un Estado permanente neutral (neutralizado) tiene el deber de acatar las clásicas normas de neutralidad.
Principios consagrados en las siguientes fuentes del derecho:
El Derecho de la neutralidad fue surgiendo como derecho consuetudinario. La neutralidad marítima se desarrolló ya en la Edad Media. En cambio, el Derecho positivo de la neutralidad en la guerra terrestre se ha elaborado mucho más tarde.
La primera convención internacional sobre este objeto la constituye la Declaración de Derecho Marítimo de París de 1856, que contiene reglas acerca del bloqueo, el corso y el contrabando. Una codificación detallada, aunque no completa, del Derecho de la neutralidad fue realizada por vez primera en la II Conferencia de la Paz de La Haya de 1907, donde se aprobó el V Convenio sobre los derechos y deberes de las potencias y de las personas neutrales en caso de guerra terrestre, que consta de 25 artículos, y el XIII Convenio sobre los derechos y deberes de los neutrales en caso de guerra marítima, de 33 artículos. Ambos convenios contienen la cláusula si omnes.
Con ocasión de la Conferencia de Londres de 1908-1909, la fundamental Declaración de Derecho Marítimo de Londres, que, sin embargo, no fue ratificada, y por tanto, no ha llegado a constituir nunca D.I. positivo.
Después de la Primera Guerra Mundial, la VI Conferencia panamericana de La Habana aprobó la Convención de 20 de febrero de 1928 acerca de la neutralidad en el mar. Al Derecho de neutralidad se refieren también los cuatros convenios de Ginebra sobre protección a las víctimas de la guerra, de 12 de agosto de 1949, pues han de aplicarse bajo el control de potencias protectoras neutrales.
En derecho internacional público, cuando estalla una guerra entre dos estados, las naciones soberanas que no están obligadas por compromisos anteriores a tomar parte de ella, tienen derecho a mantenerse apartadas de la lucha y a mantener relaciones amistosas con ambas partes beligerantes. Estas potencias se encuentran es estado de neutralidad.
Fuente: Enciclopedia Jurídica.
La neutralidad, definida como la situación jurídica derivada de la abstención de un Estado de toda participación en una guerra entre Estados, el mantenimiento de una actitud de imparcialidad hacia los beligerantes y el reconocimiento por parte de los beligerantes de esta abstención e imparcialidad, es sumamente importante para que las Naciones Unidas ganen y mantengan la confianza y la cooperación de todos para operar de manera independiente y eficaz, especialmente en situaciones políticamente cargadas.
Debemos recordar cuáles son los países neutrales en la actualidad:
Austria;
Costa Rica;
Finlandia;
Irlanda;
Panamá;
Suecia;
Suiza;
Turkmenistán;
Ciudad del Vaticano.
Países que reclaman la neutralidad pero no están reconocidos:
Camboya;
Japón;
Laos;
México;
Moldavia;
Serbia.
POR TAL MOTIVO SERÍA PERTINENTE, LA CREACIÓN DE ZONAS FRONTERIZAS DE NEUTRALIDAD, CONFORMADO POR PAÍSES QUE TENGAN FRONTERAS CON POTENCIAS BELIGERANTES COMO SON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, RUSIA, CHINA, ETC.
ADEMÁS DE OTORGAR LA CALIDAD O EL ESTATUS DE NEUTRALIDAD A LOS PAÍSES QUE CUMPLAN CON LOS CRITERIOS SIGUIENTES:
• NO PARTICIPACIÓN EN CONFLICTOS BÉLICOS;
• LA ABOLICIÓN DE SUS FUERZAS ARMADAS;
• LA CREACIÓN DE UNA GUARDIA NACIONAL Y COSTERA, EXCLUSIVAMENTE PARA LA SEGURIDAD NACIONAL;
• REALIZAR ACTIVIDADES ENCAMINADAS A ALLANAR LOS CONFLICTOS BÉLICOS.
DE ESTA FORMA PODREMOS ALCANZAR Y CONSAGRAR LA PAZ MUNDIAL Y LA SEGURIDAD INTERNACIONAL.
ATENTAMENTE.
PRESIDENTE DEL GOBIERNO CORPORATIVO.
COMPARTIMOS LOS DIVERSOS ESCENARIOS GEOPOLÍTICOS PARA ALCANZAR LA PAZ Y LA SEGURIDAD INTERNACIONAL EN EL CONFLICTO UCRANIA-RUSIA:.
QUÉ SIGNIFICA QUE UN PAÍS SEA NEUTRAL Y POR QUÉ SE PLANTEA ESA POSIBILIDAD EN LAS NEGOCIACIONES ENTRE MOSCÚ Y KIEV, PUBLICACIÓN DE LA BBC CON FECHA 29 DE MARZO DEL 2022.
COMPARTIMOS MISIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO.
PROMOTOR DE LA PAZ DEL MUSEO MEMORIA Y TOLERANCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (2020)
ANÁLISIS A TRAVÉS DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL:
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